
NEW YORK.- El inicio del 2020 sorprendió al mundo con un virus que ha cambiado la vida de todos los ciudadanos. El COVID-19, es un virus que se originó en China y hoy se propaga por todo el mundo con un alto nivel de contagio y mortalidad.
Al igual que muchos países del mundo Estados Unidos y República Dominicana llevan varias semanas en cuarentena y distanciamiento social, a pesar de que nuestra nación tiene en su agenda obligatoria la realización de las elecciones presidenciales y congresuales, como lo establece la Constitución.
Sin embargo, ante la alta cifra de fallecidos y contagiados que registra Estados Unidos, fue enviada una carta a la Junta Central Electoral de República Dominicana informando que por esta crisis del COVID-19 y el alto nivel de contagio no sería posible permitir que los dominicanos/as usen las instalaciones públicas para las elecciones de Mayo de este año.
En ese sentido, tal y como se permite en los diferentes estados de la unión, le recomienda a la JCE hacerlo por medio a correo u otra modalidad.
A parte de Estados Unidos, esta situación afecta a los demás países donde hay una cantidad significativa donde los dominicanos votar, por ejemplo, Puerto Rico, España, Italia, Panamá, etc.
Hay que tener presente que lo que sugiere el Departamento de Estado en USA es que si la República Dominicana fuera a celebrar sus elecciones presidenciales y congresuales para el 17 de mayo del 2020, por causa del COVID-19, no se podrían celebrarse en los Estados Unidos. Ahora bien, resulta que nosotros no celebraremos las elecciones el 17 de mayo, porque ya la Junta Central Electoral emitió una resolución posponiendo las elecciones para el 5 y el 26 de julio del 2020. Lo que es muy probable que ya para esa fecha en Estados Unidos si se puedan celebrar.
Además, lo que dice el Departamento de estado es que no podrían usar sus instalaciones públicas (escuelas) por la crisis. Sin embargo, nosotros podríamos usar otras instalaciones de la comunidad, como las iglesias, centros comunitarios, salones de actividades (hall), etc. Los mismos recursos que la JCE usa para rentar las escuelas, podrían usarlo para rentar estos locales.
Otra cosa que puede hacer la JCE es contactar los líderes dominicanos locales para que le ayuden a buscar otra salida. Adriano Espaillat, Carmen de La Rosa, Ydanis Rodríguez, Danilo Burgos, Karines Reyes, Domingo Domínguez, Cinthia Matos, entre otros, que son líderes oficiales que siempre están dispuestos a colaborar con las autoridades de República Dominicana.
Lo más importante es, que a pesar que nosotros los dominicanos tenemos la oportunidad de votar en todos estos países, debemos aclarar que el proceso se rige por las leyes y la constitución dominicana.
En ese sentido, debemos aclarar que la constitución de La República Dominicana no contempla el voto por correo.
El artículo 208 de la constitución sobre el sufragio dice lo siguiente: “El VOTO es personal, libre, directo y secreto.” Todo lo que se trate de hacer fuera de esto es inconstitucional.
Una de las deficiencias que tenemos como país, es que muchas leyes y artículos constitucionales carecen de procedimientos, carecen de un protocolo para su ejecución con explicaciones claras. Esto motiva a mucha gente a especular sobre qué hacer. Estamos consciente que esta es la situación en nuestra comunidad hoy el día, sin embargo, la ley es clara en que lo que no establece la ley no se puede hacer.
Por otro lado, los procesos de votaciones en las elecciones dominicanas ya se han convertidos en un derecho consuetudinario. En otras palabras, “La costumbre ya es ley.” Ningunas de las reformas electorales en República Dominicana desde 1844 han variado la forma del sufragio en el artículo 208 de la constitución. Entonces, ¿por qué cambiarlo ahora?, Usar otro método que no lo contempla el artículo 208 es inconstitucional. Todos vivimos las malas experiencias de los últimos procesos cuando se nos ha querido imponer métodos costosos que no han ayudado en nada a nuestra democracia. Hoy no podemos hablar ni de correo, ni de ningún proceso electrónico, porque nuestra sociedad no está preparada para eso. Los últimos procesos son un ejemplo.
Por ejemplo, en el condado del Bronx, donde hay elecciones el 26 de Junio se podrá votar físicamente, como se ha hecho siempre. Si las autoridades locales ya están preparándose para que en ese proceso se pueda votar de manera personal, significa que también nosotros podríamos organizar el nuestro igual.
Si algo positivo debemos sacar de todo esto, es que las nuevas autoridades después del 16 de agosto del 2020 deben reformar la constitución y la ley electoral 15-19 para adaptarla a los nuevos tiempos tomando en cuenta todos estos imprevistos.