martes, diciembre 5, 2023
InicioOpinionesCárceles Dominicanas y Coronavirus

Cárceles Dominicanas y Coronavirus

FLORIDA.- Ha llegado el momento de la solidaridad mundial, el” Institute for Crime and Justice Policy Researh “(ICJPR), de la Universidad de Londres, reúne datos globales sobre las poblaciones carcelarias y los niveles de hacinamiento e inseguridad. Según sus datos, en América Latina hay un promedio de 282 presos por cada 100.000 habitantes, en Europa esa cantidad se reduce a 130 reclusos, y en el continente Asiático y el Pacífico a 184.

Latinoamérica se encuentra entre las regiones con índices de población carcelaria más altos del mundo, seguido inmediatamente después de Estados Unidos.

Elevados números de contagios, motines, condiciones de insalubridad y casos de muerte, son los rasgos inmediatos que deja la realidad actual sobre cómo se vive la pandemia del Covid-19 en la mayoría de los sistemas carcelarios del planeta.

El miedo a contagiarse dentro de la cárcel es intenso, estremecedor, los reclusos saben muy bien que dentro de las cárceles muchos de ellos están condenados a pena de muerte si el virus penetra con fuerza y sin piedad.

Con ese panorama, sería bueno saber cuál es el protocolo que se utiliza en este momento en nuestras cárceles en Rep. Dominicana ¿Cómo pueden convivir hoy con el Covi-19 en caso de ser afectados por el virus? ¿Hay que considerar que hasta 40 personas viven en una celda para seis personas y con 5 colchonetas? ¿Cuál es la dinámica sanitaria en caso de enfermarse un recluso?

El hacinamiento es moral y éticamente   inhumano, el sistema judicial” es decir jueces, fiscales, defensores, y representantes de todas partes analizan en este momento la situación del sistema penitenciario en el marco de la pandemia.

Se sabe que en las cárceles de nuestro país existe desde hace años una crisis profunda de carácter humanitario.  Una situación donde muere gente y se toman pocas medidas para evitarlo e impedirlo, fruto en parte de algo que podríamos llamar “Hiperconfinamiento carcelario”

La híper población carcelaria, producto de una crisis estructural que todos conocemos, es una bomba explosiva, lista para detonar desde que empezaron a registrarse los primeros casos de contagio de corona virus en nuestras cárceles en Rep. Dominicana. Un escenario difícil, casi imposible de manejar.

La situación es alarmante y exige respuestas concretas, y extraordinarias. Es bueno recordar que los derechos humanos no se pierden con una sentencia condenatoria.

Descongestionar tanto unidades penitenciarias como destacamentos policiales a través de criterios de excarcelación o adopción de medidas alternativas a la privación de la libertad pueden garantizar la vigencia y goce de los derechos humanos a todas las personas y aplanar la ola del contagio en esos lugares.

Es bueno recordar la conclusión de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el sentido de que es probable que las personas privadas de la libertad, como las personas en las cárceles y otros lugares de detención, sean más vulnerables al brote de la enfermedad por corona virus (Covid-19) que la población en general debido a las condiciones limitadas en las que viven juntos durante un período prolongado.

Tanto los que se encuentran recluidos, como el personal que realiza labores en el sistema penitenciario describen una cárcel sucia e insalubre, con escasos artículos y suministros de limpieza, prácticamente sin equipos de protección personal y con espacios reducidos, que impiden mantener el distanciamiento social.

En ese sentido la tendencia global propone la puesta en vigencia de un operativo general conjunto en todos los sistemas carcelarios del mundo otorgando la libertad inmediata con asistencia asistida, libertad transitoria o libertad condicional, teniendo en cuenta las condiciones objetivas y subjetivas de cada caso, siempre que cumplan con los siguientes requisitos;

1- Personas con riesgos de salud, como adultos mayores.

2-Personas con discapacidades que puedan exponerlas a un mayor riesgo de complicaciones graves a causa del COVID-19, y personas inmunodeprimidas o con condiciones crónicas como enfermedades coronarias, diabetes, deficiencia pulmonar diagnosticada.

3-Mujeres embarazadas y/o encarceladas con sus hijos e hijas.

4-Personas condenadas a penas de prisión de menos de 3 años con pena cumplida en por lo menos 80% de la condena.

5-Personas detenidas por delitos de inmigración deben ser devueltas a su país de origen.

6-.) Personas condenadas por delitos no violentos que estén próximas a cumplir la pena impuesta.

7- Menores de edad bajo ciertas condiciones.

Indudablemente el debate sobre la liberación de los presos tiene un alto componente político y social, no debe verse como una vía para conseguir impunidad, y debe ir junto a estudios que demuestren la imposibilidad de reincidencia de las personas liberadas, pero los gobiernos tienen que dar prioridad a la salud y al bienestar de aquellos que se encuentran en situación de mayor riesgo y garantizar la vida a todos sus ciudadanos.  Las medidas de distanciamiento social sólo son viables en cárceles bien gestionadas y al aire libre con baja población carcelaria.

Ojalá estas propuestas lleguen al oído del gobierno Dominicano que ha manejado mal a nuestro juicio el covid-19 en nuestro país.

Por Marcos A Moore

Deja un comentario

Redacción
Redacciónhttp://labazucacom.wordpress.com
Labazuca.com, tiene el compromiso de informar de manera eficaz, y con la verdad, es por lo que nuestro contenido es revisado y consultado antes de hacerse una publicación.
Articulos Relacionados
- Advertisment -
Google search engine

Most Popular

%d