miércoles, abril 24, 2024
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La corrupción intencional o no es un pecado

SANTO DOMINGO, RD.- En la doctrina cristiana se establecen cuatro maneras para que una persona rompa los cánones morales y viole cualesquiera de los Diez Mandamientos. Esas violaciones a las normas, se llaman pecados. Existen cuatro formas de infringir los Mandamientos, que son: de pensamiento, palabra, obra y omisión.

Se comete pecado cuando un individuo, por “motu proprio”, realiza la falta. Ocurre por igual, si induce a otro para que cometa la acción en contra de las leyes divinas y del hombre. La sociedades antiguas y modernas al momento de establecer normativas, se apoyan en los principios religiosos para el establecimiento de leyes y reglas que sirvan de pautas de comportamiento, en el control de sus ciudadanos.

En la República Dominicana las actividades ligadas a la corrupción administrativa, tanto en el sector privado como en el público, ha propiciado la elaboración y aprobación de leyes, con el propósito de contrarrestar la proliferación de manifestaciones dolosas. Esas manifestaciones se pueden producir de manera particular en cada sector, público y privado. También, ocurren formando una simbiosis entre ambos sectores.

Los últimos acontecimientos de casos de corrupción, en especial, los que actualmente se están ventilando en los tribunales del país, no eximen a individuos del sector privado, por su participación en actos corruptos, puesto que, muchas personas que contribuyen en las campañas electorales, lo hacen con el interés de “pasar facturas” por sus aportes.

Las autoridades judiciales tienen un reto que atender, en el sentido de evaluar e investigar, el grado de violación en el que incurre una persona al momento de ofrecer dinero, para que un funcionario público, lo acepte como forma de contribuir en las actividades políticas de un partido, en tiempo de campaña.

Es muy cuesta arriba justificar cientos de millones de pesos dados como donación o aporte, sin considerar el término “quid pro quo”. Indefectiblemente, esa cantidad de dinero, de ocurrir, da motivos para iniciar un ciclo de investigaciones, pues transgrede disposiciones administrativas y, por ende, también legales.

Cuando se analiza el comportamiento de ambos sectores (público y privado) en el tema de la corrupción, la iniciativa o intención de cometer actos con características maliciosas, en contra del erario público, regularmente proviene del sector privado; desde luego, siempre y cuando, encuentre un “caldo de cultivo” en el sector público.

Ahora, si la corrupción en nuestro país no esta generalizada, es debido a que, moral y éticamente, los malos son unos pocos y, por sus métodos, así como, la manera de comportarse, dejan una estela para que la sociedad los detecte, puesto que, son ambiciosos y desalmados.

Los que se apoyan en maniobras corruptas para lucrarse y amasar grandes fortunas, no tienen respeto a las disposiciones legales, le da igual la ley antilavado; violan reglamentaciones establecidas para el procedimiento de compras y contrataciones estatales; recurren a métodos de chantajes y extorsión. Todo esto para lograr una posición que no ha sido ganada en buena lid. Algún día, la justicia divina o la de los hombres en sociedad, se encargarán de juzgarlos, ya que la intención, es una antesala de la acción.

Por Julio Gutiérrez Heredia, CPA
Miembro 1001 del ICPARD
Auditor Forense

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