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El efecto del IPC en las pensiones estatales

Julio Gutiérrez Heredia

La defensa y el gambito en el ajedrez político

Los bienes y servicios que se adquirían en el mercado nacional hace quince años, es imposible que, en la actualidad, se compren con la misma cantidad de dinero que antes. Esa apreciación es comprendida por todos los que nos dirigimos a cualquier tipo de mercado, para demandar productos que satisfagan nuestras necesidades, contempladas en la canasta básica de consumo familiar.

En el año 2012, el costo de la canasta familiar, para el primer quintil, era de RD$11,400.00, pero, el salario mínimo, correspondiente al mismo quintil, estaba calculado en RD$6,035.00. Entre ambos elementos, se puede observar la diferencia abismal. Esa tendencia, con el tiempo, no ha mejorado, pues, en el 2023, encontramos que, el salario mínimo se calculó en RD$14,232.00; mientras que, el costo de la canasta básica para el primer quintal, se ancló en RD$26,800.00. Esa disparidad se mantiene en todas las facetas del salario mínimo y su correspondiente quintil, hasta llegar al cuarto quintil.

Para el sector trabajador, aquellos que ofrecen su fuerza física o intelectual, por lo menos, los representantes laborales ejercen cierta presión para que la brecha entre el salario y el costo de la canasta básica no sea inconmensurable. Pero, para el sector de los jubilados y pensionados, aparentemente, estos, “no tienen quien le escriba”, ya que la gran mayoría de los beneficiados, reciben, por mas de diez años, el mismo valor asignado, por haber servido 20, 30 o más años al Estado Dominicano.

Si un pensionado en el año 2012, fue asignado con un monto de 50 mil pesos, al compararlo con la tasa de cambio a diciembre de ese año, que era de 40.2946, recibía el equivalente en dólares, la suma de US$1,240.00: Once años después, esos mismos 50 mil pesos, al compararlo con la tasa de cambio a diciembre del 2023, que fue de 57.5404, recibió el equivalente en dólares de US$869.00. Esto quiere decir, que su capacidad de consumo ha caído 371 dólares, con respecto a lo que recibía en el 2012.

Determinados organismos gubernamentales, en especial lo encargados de la gestión fiscal del Estado, se apoyan en las variaciones de los índices inflacionarios que inciden en la economía, para ajustar los bienes de los contribuyentes, para fines de establecer la renta grabada de las Declaraciones Juradas de los impuestos a pagar, ya sea por arancel o por rentas obtenidas; en la mayoría de las veces, los cálculos se hacen por iniciativa unilateral, es decir, que el contribuyente no tiene elementos para objetar los métodos utilizados.

Entonces, conociendo esa disposición estatal para “ajustar” las propiedades de los contribuyentes a los valores que el índice de precio al consumidor (IPC) exige, porque no se toman las medidas pertinentes para que un sector con tantas necesidades por satisfacer como son los exservidores públicos, en su estatus de pensionados, puedan, por lo menos, cada dos años, recibir un porcentaje de aumento en sus pensiones que, mitigue los efectos del IPC en la canasta básica familiar de los ubicados en los quintiles medio y más bajo del espectro económico dominicano.

Esta seria una tarea a resolver por las autoridades congresuales y presidenciales a elegir el próximo domingo 19 de mayo de 2024.

Por Julio Gutiérrez Heredia, CPA
Miembro 1001 del ICPARD
Auditor Forense

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