viernes, febrero 13, 2026
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La responsabilidad no se delega

En cualquier ambiente donde se desarrollen actividades por grupos de personas, las tareas tienden a ser distribuidas, tomando en consideración el grado de conocimiento (teoría) y el dominio (experiencia) para el alcance o ejecución de los objetivos propuestos. Para el logro de las metas, es necesario que alguien con la capacidad de dirigir, pueda delegar las funciones a cada uno de los participantes en el proyecto.

La selección de un personal idóneo y eficiente es una de las cualidades que debe tener un dirigente, administrador o director. Saber delegar se adquiere mediante determinados medios de aprendizaje. En la escogencia de una persona para formar parte de un grupo de profesionales, con el fin de llevar a cabo la culminación de un proyecto, el tacto, la comunicación efectiva y la transparencia, deben primar.

Tanto el escogido como el seleccionador tienen que sincerarse con respecto al alcance del objetivo establecido. Por lo tanto, cuando hablamos de honestidad, nos referimos a que, cada cual debe demostrar su capacidad para dirigir y/o ejecutar. Si la persona señalada no reúne las condiciones para el desempeño del rol al que ha sido designado, debe ser honesto y manifestar su incapacidad para desempeñar el puesto.

Ahora, si ambos reconocen (quien designa o el designado), que la persona a la cual, se le asignó el desempeño de un cargo, no reúne las condiciones (nivel de conocimiento profesional y tiempo de experiencia) tenemos que buscar las razones en el grado de vinculación que une a uno con el otro.

Ese grado de vinculación, puede ocasionar la colocación de un individuo para ocupar un puesto, sin los méritos exigidos, desde el punto de vista legal y reglamentario, permitiendo que se deslice por los pasillos de la institución, el virus del nepotismo, una de las formas del germen de la corrupción que muchas personas consideran inofensiva, que no corroe; pues, no, no saben o no quieren entender que es la manera más sutil de debilitar los controles internos en cualquier entidad donde se administren recursos.

Adquiere una magnitud más complicada y cuestionadora del desempeño fiel de un cargo, cuando el mismo está íntimamente ligado a salvaguardar los recursos financieros de una institución; es decir, cuando el empleado o funcionario debe ser el guardián depositario de fondos públicos.

Si en las exigencias de un cargo, se contempla la recepción de fondos y su adecuada distribución, mediante procedimientos normales, establecidos por Ley, no puede haber excusas para ese servidor público que, por distracción o desconocimiento, permita que un allegado o tercero sin la debida autorización superior, incursiones en las cuentas de esa entidad. Acaso, ese funcionario desconoce que, la responsabilidad no se delega.

La deshonestidad aflora, cuando un servidor procura o acepta un cargo sin los méritos académicos que requiere la posición y, además, se provee del apoyo de alguien que no tiene las condiciones ni la representación formal para pertenecer a la entidad donde se suscitan los hechos. Da la impresión de que, actividades ilícitas como las que describimos, podrían estar ocurriendo en determinadas dependencias estatales, en especial, aquellas donde el nepotismo se comporte como un agente corruptor.

Por Julio Gutiérrez Heredia, CPA
Miembro 1001 del ICPARD
Auditor Forense

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