Los resultados preliminares del primer Censo Nacional de los Bienes Inmuebles del Estado, arrojan datos e informaciones, susceptibles de ser cuestionados, debido al alcance del Censo y la metodología aplicada para llegar a la cantidad de 46,737 bienes inmuebles, con un valor de 12,415,672,527,850.00 pesos dominicanos.
En los bienes inmuebles habría que destacar, si el conteo se efectuó, tomando en consideración los inmuebles relacionados con las obras civiles; es decir. las edificaciones, sin tomar en cuenta el terreno (extensión y valor de estos) y, donde se encuentran ubicadas esas propiedades.
También, debió determinarse, si la toma de inventario se efectuó incluyendo el patrimonio histórico de la Nación. De ser cierto; entonces, el valor calculado por las instituciones participantes, esta “fuera de lugar”. Esto así, debido a que, esos monumentos tienen un valor incalculable.
Cuando se ofrecen cifras como 46,737 inmuebles, es porque la contabilización de ese proceso “cuadró al chele” . El beneficio de la duda emerge, en la posibilidad de no considerar algunas propiedades usufructuadas por personas o instituciones privadas, sin llevar a cabo los trámites legales y definitivos, para su ocupación.
Por otro lado, resulta “cuesta arriba”, dar a la opinión pública, un valor por 12,415,672,527,850.00 pesos dominicanos, como la tasación estatal de esos inmuebles. Insisto en que, ese valor no indica, si incluye el terreno donde están ubicadas esas propiedades.
Para tener una idea de los bienes del Estado Dominicano, se debe calcular el costo inicial, agregarle la plusvalía anual, restarle el porcentaje de depreciación y, agregarle la diferencia de la tasa del peso dominicano con respecto al dólar, desde el momento que concluyó la obra, hasta la fecha de la tasación.
Ese ejercicio matemático, se puede realizar, tomando como ejemplo el Estadio Quisqueya “Juan Marichal” que, en su época costo 5 millones de pesos dominicanos. La situación se complica al tratar de tasar un inmueble con mas de un Siglo de existencia al servicio del Estado como institución pública.
Si una propiedad tiene más de un Siglo al servicio de la Nación, se debe tomar como un activo útil, ya que, para mantenerlo en actividad, se ha invertido dinero en su reparación y remodelación, con el propósito de que se ajuste a las condiciones exigidas en las obras modernas. Sin importar el sistema de registro contable que se utilice, para el Estado, el desembolso en la preservación de esos inmuebles es considerado como una partida del Gasto Publico; en cambio, para el pueblo, es una inversión.
Debido a que los resultados del primer Censo Nacional de los Bienes Inmuebles del Estado son preliminares, es recomendable que al ofrecer detalles definitivos que, incluyen cantidades y valores, se explique el alcance, la metodología implementada y, si esos inmuebles inventariados, corresponden a los ubicados en territorio dominicano, sin incluir las propiedades en el exterior, tales como las embajadas, locales representaciones consulares y agencias gubernamentales.
Por Julio Gutiérrez Heredia, CPA
Miembro 1001 del ICPARD
Auditor Forense

