SANTO DOMINGO, RD.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el Decreto 308-06, emitido en 2006 durante el gobierno del expresidente Leonel Fernández, que regulaba los horarios de expendio de bebidas alcohólicas en colmados, bares, discotecas, casinos y otros centros de diversión. La alta corte determinó que este tipo de restricciones permanentes solo pueden establecerse mediante una ley aprobada por el Congreso Nacional.
La decisión fue adoptada tras acoger una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Víctor Eddy Mateo Vásquez, quien argumentó que el decreto vulneraba principios y derechos constitucionales al imponer limitaciones mediante una disposición administrativa y no por una norma con rango de ley.
En su sentencia, el TC reconoció que el propósito del decreto, orientado a preservar el orden público y la seguridad ciudadana mediante la regulación del expendio de bebidas alcohólicas, era legítimo. Sin embargo, concluyó que la entrada en vigor de la Constitución de 2010 fortaleció el principio de reserva de ley, por lo que ese tipo de restricciones ya no podían mantenerse sustentadas únicamente en un decreto presidencial.
Los jueces constitucionales señalaron que, aunque el presidente de la República tiene facultades para emitir decretos, estas no pueden utilizarse para imponer limitaciones generales, permanentes e indefinidas sobre actividades económicas. Indicaron que cualquier regulación de esa naturaleza debe ser debatida y aprobada por el Poder Legislativo.
La sentencia también establece que el Decreto 308-06 superaba los criterios de perseguir un fin legítimo y utilizar un medio adecuado, pero no cumplía con el requisito de proporcionalidad, debido a que permaneció vigente durante más de dos décadas sin un límite temporal ni una justificación que respaldara su permanencia.
No obstante, el Tribunal Constitucional aclaró que el Poder Ejecutivo mantiene la facultad de restringir temporalmente el expendio de bebidas alcohólicas mediante decretos cuando existan circunstancias específicas, como Semana Santa, Navidad, operativos especiales o eventos extraordinarios. Además, mientras la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo respaldó la acción y sugirió al Congreso aprobar una legislación integral sobre la materia, la Procuraduría General de la República defendió la constitucionalidad del decreto al considerar que protegía el orden público y la seguridad ciudadana.



